Antes de que os pongaís a hacer zapping digital al escuchar que vamos a hablar del Real decreto ley 5/2012 de Mediación en asuntos civiles y mercantiles, de 7 de julio del 2012, hecho más que comprensible al escuchar en una misma frase las palabras «real», «decreto» y «ley», os pido el beneficio de la duda para comprobar si soy capaz de traducir parte de un texto legal a un lenguaje accesible en un tema como es la mediación.
Si cogemos el «Real-decreto-ley«, en su exposición de motivos podemos leer:
«La mediación, como fórmula de autocomposición, es un instrumento eficaz para la resolución de controversias cuando el conflicto jurídico afecta a derechos subjetivos de carácter disponible. Como institución ordenada a la paz jurídica, contribuye a concebir a los tribunales de justicia en este sector del ordenamiento jurídico como un último remedio, en caso de que no sea posible componer la situación por la mera voluntad de las partes, y contribuye a concebir a los tribunales de justicia en este sector del ordenamiento jurídico como un último remedio, en caso de que no sea posible componer la situación por la mera voluntad de las partes.»
- ¿Qué significa que la mediación es una fórmula de autocomposición?.
Mediante la autocomposición son las propias personas que tienen el conflicto quienes acuerdan la solución del mismo; frente a la heterocomposición donde es un tercero (juez, árbitro,…) quién decide los términos de la solución del conflicto.
- ¿Qué significa que es un instrumento eficaz para la resolución de controversias cuando el conflicto jurídico afecta a derechos subjetivos de carácter disponible?
Lo que nos dice la ley es que se puede hacer uso de la mediación en aquellos conflictos donde las partes tiene capacidad de decisión sobre la materia objeto de discusión. Dicho en sentido contrario, la mediación no es válida para aquellas materias donde las partes no tienen capacidad de decisión, como por ejemplo el ámbito penal.
- ¿Qué significa que es una institución ordenada a la paz jurídica?
El término paz jurídica evoca la ausencia de conflicto o contienda en el ámbito jurídico, los procesos mediadores van enccaminados a lograr dicho fin.
- ¿qué significa que contribuye a concebir a los tribunales de justicia en este sector del ordenamiento jurídico como un último remedio, en caso de que no sea posible componer la situación por la mera voluntad de las partes?
Antes de acudir a los tribunales las partes han de intentar arreglar sus diferencias por sí mismas, y en este intento la mediación se muestra como un instrumento adecuado.
Yo, personalmente, me quedo con dos importantes ideas: la mediación gusta a las personas que les gusta tomar sus propias decisiones y un aviso para navegantes, no acudas a los tribunales sin antes intentar solucionar fuera de los mismos la controversia. Y de esto hablaremos en posteriores entregas.
salud !!!!
;; orbe
P.D.: En próximas entregas trataremos sobre los principios del proceso mediador, la figura del mediador y el acuerdo de mediación.