Fueron, vieron… y nos lo contaron.
Nuestros compañeros, Ana Armesto y Amancio Plaza, de la Asociación de Euskadi de Derecho colaborativo (ADCE) y Carmen Aja, de la Asociación de derecho colaborativo de Madrid fueron los tres valientes que se fueron hasta Vancouver (Canadá) a fin de participar en su primer Congreso de derecho colaborativo organizado por la IACP (International Academy of Collaborative Professionals).
El Congreso de derecho colaborativo, un espacio transnacional y multidisciplinar
Más de quinientos profesionales colaborativos provenientes de distantes partes del globo; Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Italia, Holanda, República Checa, Suiza, Francia, Inglaterra, Brasil, Israel, Hong-Kong, Singapur, etc.. Múltiples ponencias y talleres sobre los más variados contenidos, desde la preparación de la entrevista inicial con el cliente hasta el marketing y difusión de la práctica colaborativa pasando por temas relativos a comunicación, neurociencia, psicología, etc… y todo ello convenientemente amasado con relaciones, encuentros y contactos personales de carácter profesional.
Este Congreso, en el que se dieron cita además de abogados profesionales de otros ámbitos (finanzas, contabilidad, psicología, coaching, comunicación, etc…) nos confirma la salud del derecho y práctica colaborativa aplicada a la gestión de conflictos y lo engloba en un ámbito mayor como es, en palabras de Amancio Plaza, el movimiento colaborativo.
Las necesidades del cliente en el derecho y práctica colaborativa: procesos, costes y plazos.
De los aprendizajes y experiencias vividas en el Congreso que nos relataron sus protagonistas hay una importante idea que nos trasladó Amancio Plaza; la diferenciación entre los temas que nos preocupan a los abogados colaborativos y los que le interesan a los clientes colaborativos. Cierto. A veces nos liamos con cuestiones, importantes sin duda, que atañen a nuestra labor profesional pero que escaso interés suscitan en los usuarios del servicio. A éstos son otras las cuestiones que les importan.
Una de ellas son los costes del servicio y los plazos de ejecución. Se trata de reducir las incertidumbres o, si lo preferimos decir de otra manera, generar el mayor número de certidumbres.
Y de esto algo nos hablaron nuestros compañeros.
¿Cómo podemos generar certidumbres?. Hablemos de proceso, costes y plazos.
Amancio Plaza, entre otra mucha información, nos trajo de Vancouver el trabajo desarrollado por un grupo de abogadas de familia de Toronto que, tras más de 20 años de práctica colaborativa, han creado un exhaustivo y avanzado protocolo de trabajo que les sirve para guiar el proceso colaborativo con el cliente y los compañeros. Cierto es que cada caso necesitará su propia agenda, e igualmente cierto que tener un protocolo de actuación sirve para generar de inicio certidumbres en cuanto al proceso y una guía de actuación. Igualmente claro quedó que lo importante no es el protocolo de las abogadas de Toronto, lo importante es el protocolo que creemos con el cliente y el resto de los compañeros para cada caso particular.
Y junto con el proceso, con la hoja de ruta, habremos de convenir y hablar sobre costes económicos del proceso y plazos de ejecución. Costes calculados de una forma cerrada o con variables de tiempo y resultado, lo que mejor se adecúe al caso, y siempre con la máxima de reducir el grado de incertidumbre tanto para el cliente como para el profesional. Idem, respecto a los plazos del proceso; un mes, dos, seis meses, con prórrogas, sin prórrogas. etc…, no hay reglas fijas, siempre que todos estemos de acuerdo y todos sepamos a qué atenernos.
Tres pilares en la práctica colaborativa: expectativas, confianza y equilibrio.
Por su parte, Ana Armesto nos habló, entre otras cuestiones, de expectativas, confianza y equilibrio como los pilares básicos sobre los que descansa el proceso colaborativo y que sirven de medida para decidir la idoneidad de este proceso a la disputa en cuestión. Tema de indudable trascendencia para el cliente que se acerca a este método, dado que querrá tener, sino la certeza, sí el convencimiento de que el proceso colaborativo es idóneo para la resolución de su disputa.
Para tomar esta decisión es imprescindible el conocimiento y planteamiento de las expectativas de todos los agentes en el proceso, a fin de determinar si el proceso colaborativo puede ser capaz de dar respuesta y planteamiento a dichas expectativas. Es absolutamente necesario, según nos recordó Ana Armesto, indagar sobre las expectativas que llevan los clientes al proceso a fin de poder decidir si el proceso colaborativo puede tener enganche en su disputa o, por contra no es el lugar adecuado al que acudir.
La confianza es uno de lo pilares, probablemente el más importante, sobre el que se asienta un proceso colaborativo. Confianza en nuestra labor, en nuestro cliente, en la bondad del proceso, en el otro cliente, en los terceros intervinientes y muy importante, en el compañero que se sentará a nuestro lado en el proceso. Sin confianza en el otro, por mucho que el asunto sea adecuado para ello, será un error entrar en un proceso colaborativo.
Y junto con el manejo de las expectativas y la confianza Ana Armesto nos habló del «fair play», del equilibrio justo entre las partes. El proceso colaborativo no puede ser reino de listillos que quieran obtener ventajas del rival, el proceso colaborativo es un viaje que se lleva a cabo junto al otro, en el que, si bien defendemos nuestros intereses, lo hacemos desde una posición de equilibrio, buena fe y respeto al otro.
Estas fueron algunas de las cuestiones que nuestros compañeros, Ana y Amancio, nos trajeron a la Jornada organizada en el Colegio de Abogados de Vitoria por la Asociación de Euskadi de Derecho Colaborativo, a ellos nuestro agradecimiento y con él el reconocimiento a su trabajo, a su esfuerzo y a su voluntad de compartirlo.
Eskerrik asko, Ana !!
Moitas grazas, Amancio !!
;; orbe